Enmienda con olor a pueblo
En vista de los diversos acontecimientos que sectores fascistas que conquistaron gobernaciones y alcaldías están cometiendo contra las misiones fortalecidas en cada uno de los estados del país, el Presidente de la República, Hugo Chávez, decidió autorizar al Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y al pueblo a realizar el debate para una nueva enmienda constitucional para la reelección presidencial indefinida.
El anuncio lo realizó este domingo, 30 de Noviembre, durante el acto de proclamación del Alcalde del municipio Bolivariano Libertador de Caracas, Jorge Rodríguez.
El Jefe de Estado señaló que gobernaciones como Miranda, Táchira, Carabobo, Zulia, y en diferentes alcaldías como la Metropolitana de Caracas, ya afectos a los gobernantes comenzaron a atacar en acciones de desalojos a los médicos cubanos; las misiones educativas, sedes del PSUV, a los mercales, invasión de viviendas, entre otros programas sociales logrados por el Gobierno Revolucionario.
En este sentido, Chávez hizo un llamado a la reflexión a todos los venezolanos incluyendo a la clase media, ya que “esto es sólo un pequeño reflejo de lo que aquí ocurriría si estos partidos factores de oposición contrarevolucionarios llegarán a tomar el poder en Venezuela nuevamente”.
“Viendo lo que está pasando y la amenaza que se cierne con estos fascistas, Chávez no se va. Chávez se queda, si Dios quiere y me da vida yo estaré con ustedes hasta el 2019 o el 2021”, dijo.
Asimismo, señaló que ha escuchado algunos discursos de dirigentes de la oposición que han estado asumiendo cargos, entre los que destacó a Capriles Radonski en Miranda, quien manifestó "yo espero que no me quiten las misiones", cuando desde siempre se dedicaron a sabotearlas.
Chávez recordó que el recién electo gobernador de Miranda es un fascista, “ese caballero en vez de estar asumiendo la gobernación, debería estar en prisión por golpista, esas son fallas que tenemos dentro del Estado, la impunidad”.
Agregó que va a monitorear día a día a ese gobernador y al Alcade Mayor, Antonio Ledezma, “han dicho que quieren trabajar con el Gobierno Nacional, que no me vengan con lloriqueos, en el caso de que lo demostraran nosotros pudiéramos cambiar de actitud, de lo contrario nosotros estamos al ataque, ellos son los que van a tener rodilla en tierra”, puntualizó
Estadísticas electorales
El 6 de Diciembre de 1.998, el comandante Hugo Chávez, resultó electo por primera vez, con 3 millones 673 mil 685 votos, y su más cercano adversario, Enrique Salas Romer, obtuvo 2 millones 613 mil 161 votos.
Para el segundo período, el Presidente Hugo Chávez fue reelegido, el 3 de Diciembre de 2006, con 7 millones 309 mil 80 votos, y su más cercano adversario, Manuel Rosales, alcanzó 4 millones 292 mil 466 votos para un segundo y último período consecutivo de seis años, hasta el 2012,
Según dicta la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de 1999, Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 el 24 de marzo de 2000 que solo admite una reelección consecutiva.
Para el segundo período, el Presidente Hugo Chávez fue reelegido, el 3 de Diciembre de 2006, con 7 millones 309 mil 80 votos, y su más cercano adversario, Manuel Rosales, alcanzó 4 millones 292 mil 466 votos para un segundo y último período consecutivo de seis años, hasta el 2012,
Según dicta la vigente Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de 1999, Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 el 24 de marzo de 2000 que solo admite una reelección consecutiva.
Enmienda Constitucional
El Capítulo I, Título IX de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(CRBV), denominado de "La Reforma Constitucional" , prevé en su artículo 340 los mecanismos para la reforma del texto de la Carta Magna.
El Capítulo I, Título IX de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(CRBV), denominado de "La Reforma Constitucional" , prevé en su artículo 340 los mecanismos para la reforma del texto de la Carta Magna.
El primero de los mecanismos reformistas es Las Enmiendas, el segundo es la Reforma Constitucional propiamente dicha y el tercero es la convocatoria a la Asamblea Constituyente. Veamos pues el primero de ellos, es decir la Enmienda.
En primer lugar debemos afirmar que enmendar significa corregir un defecto o vicio. En términos constitucionales, el artículo 340 consagra que “la enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de esta Constitución, sin alterar su estructura fundamental”. O sea, que la enmienda, o la corrección se logra modificando determinados artículos o agregando nuevas normas, pero sin alterar el espíritu, propósito.
Ahora bien, el trámite para la solicitud de una enmienda de esta Constitucion se tramitirán en la siguiente forma:
1.- La iniciativa podrá partitr del quince por ciento (15%) de los ciudadanos y ciudadanas inscritos en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento (30%) de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministro.
Vamos a referirnos únicamente a la enmienda cuya iniciativa depende de la voluntad popular.
Comprobada la autenticidad de las firmas, se fijará la oportunidad para que se someta a referendo las enmiendas propuestas, bajo la dirección del CNE y la aprobación depende de que se logre el quórum previsto en el articulo 73 de la Carta Magna, es decir, que vote favorablemente el veinticinco por ciento (25%) de los electores y electoras inscritos en el Registro Civil y Electoral.