sábado, 20 de octubre de 2007

AN APROBÓ EL POLÉMICO ARTÍCULO 230 DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL

La plenaria de la AN reunida en sesión extraordinaria para la cuarta jornada de la tercera discusión de la reforma constitucional aprobó con mayoría calificada de los asistentes el artículo 230 que señala: “El período presidencial es de siete años.
El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida”. Al concluir el debate y someterlo a votación resultó aprobado por mayoría calificada”.
El artículo fue aprobado a las 11,30 de la noche y luego que la representación de Podemos salvará su voto, la presidenta suspendió la sesión y convocó para el próximo lunes a las 2 de la tarde, cuando se continuará con el debate de la reforma constitucional.
Durante el debate del artículo el diputado Mario Isea (Zulia), manifestó que con la nueva redacción presentada por la Comisión Mixta permitirá que el país cuente con el liderazgo más sólido y transparente que haya existido en los últimos tiempos para impulsar los cambios que la Nación necesita.
Asimismo expresó que de esta forma se la da al líder del proceso bolivariano de seguir dirigiendo el camino hacia el socialismo, y la población mantiene la posibilidad de continuar disfrutando de ese liderazgo.La diputada Laura Valls (PPT/Carabobo), al respaldar la aprobación del artículo señaló que esa organización política siempre ha apostado por la gente, y el pueblo todo reconoce y sigue el liderazgo del Presidente Chávez, además porque el pueblo tiene la capacidad de decidir hasta cuando dura este gobierno.
De igual forma recordó que el PPT durante la discusión que realizaron tanto internamente como con las comunidades habían planteado que la reelección continúa abarcará también a todos los funcionarios que fuesen designados por elección popular.Fondo Nacional Compensatorio
A las 4:50 de la tarde fue aprobado por mayoría calificada el artículo 167, referido a los ingresos de los estados, propuesta del Primer Mandatario que recibió modificaciones por parte de la Comisión Mixta que expresa la distribución del porcentaje del situado contenido en el presupuesto nacional a los estados, municipios, distrito federal y al Poder Popular, al cual se le atribuye cinco por ciento del ingreso ordinario.
"Artículo 167. Son ingresos de los estados:
1. Los procedentes de su patrimonio y de la administración de sus bienes.
2. Las tasas por el uso de sus bienes y servicios, multas y sanciones y las que les sean atribuidas.
3. El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales.
4. Los recursos que les correspondan por concepto de situado constitucional.
El situado es una partida equivalente a un mínimo del veinticinco por ciento de los ingresos ordinarios estimados en la Ley de Presupuesto Anual, el cual se distribuirá entre los estados y el Distrito Federal de la forma siguiente: un treinta por ciento de dicho porcentaje por partes iguales, y el setenta por ciento restante en proporción a la población de cada una de dichas entidades.
En cada ejercicio fiscal, los estados y el Distrito Federal destinarán a la inversión un mínimo del cincuenta por ciento del monto que les corresponda por concepto de situado.
A los municipios de cada estado les corresponderá, en cada ejercicio fiscal, una participación no menor del veinte por ciento del situado y de los demás ingresos ordinarios del respectivo estado.
A las comunidades, a los consejos comunales, a las comunas y otros entes del Poder Popular, les corresponderá una transferencia constitucional equivalente a un mínimo del cinco por ciento del ingreso ordinario estimado en la Ley de Presupuesto anual.
Una ley especial establecerá un Fondo Nacional del Poder Popular que se encargará de ejecutar la transferencia constitucional aquí establecida. La ley establecerá los principios, normas y procedimientos que propendan a garantizar el uso correcto y eficiente de los recursos provenientes del Situado Constitucional.
5. Los demás impuestos, tasas y contribuciones especiales que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales.Las leyes que creen o transfieran ramos tributarios a favor de los estados, podrán compensar dichas asignaciones con modificaciones de los ramos de ingresos señalados en este artículo, a fin de preservar la equidad interterritorial.
6. Los procedentes de un Fondo Nacional de Financiamiento Compensatorio, establecidos en una ley nacional, destinados a corregir los desequilibrios socioeconómicos y ambientales en las regiones y comunidades. Los recursos que se asignen mediante esta ley serán administrados por los estados, Distrito Federal, municipios y entes del Poder Popular, y su aplicación estará en concordancia con las políticas establecidas en el Plan de Desarrollo Integral de la Nación.
7. Cualquier otra transferencia, subvención o asignación especial, así como de aquellos que se les asigne como participación en los tributos nacionales, de conformidad con la respectiva ley".
Levantan sanción a artículos 11 y 16Debido a la modificación sufrida en el artículo 156, el diputado Carlos Escarrá planteó levantar la sanción al artículo 11, con el objeto de incluir en el último párrafo, quedando el texto: "El Presidente o Presidenta de la República podrá decretar regiones estratégicas de defensa con el fin de asegurar la soberanía, seguridad y defensa, en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos de la República. (…)".
El parlamentario explicó que con base a la modificación al artículo 156, en el cual se le da la competencia al Poder Público Nacional de crear regiones estratégicas de defensa, traen consigo una reforma del último párrafo de este texto.
Esta proposición contó con el respaldo de la Cámara, exceptuando al grupo parlamentario Podemos.
De igual forma planteó con base a la modificación del artículo 163, donde se señala el sistema nacional de contraloría social, levantarle la sanción del artículo 16, para incluirle en su cuarto párrafo que por decreto el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros previo acuerdo de la mayoría de los diputados de la AN, podrá crear o suprimir, designar o remover a las autoridades de las regiones marítimas, territorios federales, municipios federales, distritos insulares, provincias federales, ciudades federales y los territorios o regiones especiales, así como cualquier otra entidad que establezca esta Constitución y la ley".
Nuevos artículos 163 y 164Conforme a lo pautado en el artículo 151 del reglamento interior y de debates de la AN, el diputado Carlos Escarrá presentó a la consideración de la plenaria, y así resultó aprobado por mayoría calificada, la inclusión de la modificación de los textos de los artículos 163 y 164, el primero expresa que "En cada Estado funcionará una contraloría que estará integrada al sistema nacional de control fiscal.
La contraloría del estado ejercerá conforme a esta Constitución y la ley, el control, la vigilancia y la fiscalización de los ingresos, gastos y bienes públicos estadales, bajo la rectoría de la Contraloría General de la República, dicho órgano actuará bajo la dirección y responsabilidad de un contralor y contralora que será designado o designada por el Contralor, previa postulación por los órganos del Poder Popular, del estado u otras organizaciones sociales del mismo".
La nueva redacción del artículo 164 quedará en la siguiente forma: "Es de la competencia exclusiva de los estados:
1. Dictar su Estatuto para organizar los poderes públicos, de conformidad con lo dispuesto en esta Constitución.
2. La coordinación de sus Municipios y demás entidades locales de conformidad con lo dispuesto en el artículo 156, ordinal 10 de esta Constitución.
3. La administración de sus bienes y la inversión y administración de sus recursos, incluso de los provenientes de transferencias, subvenciones o asignaciones especiales del Poder Nacional, así como de aquéllos que se les asignen como participación en los tributos nacionales.
4. La organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones de las leyes nacionales y estadales.
5. La administración de las tierras baldías en su jurisdicción de conformidad con la Ley Nacional.
6. La coordinación de la policía estadal conforme a las competencias que la legislación nacional determine.
7. La creación, organización, recaudación, control y administración de los ramos de papel sellado, timbres y estampillas, de conformidad con lo que establezca la Ley Nacional sin menoscabo de la obligación de aceptar especies de valor equivalente expedida por el Gobierno Nacional con otros estados.
8. La creación, régimen y organización de los servicios públicos estadales;
9. La ejecución, conservación, administración y aprovechamiento de las vías terrestres estadales;
10. Todo lo que atribuya esta Constitución por Ley Nacional"..Autonomía municipal
Acto seguido fue aprobado el artículo 168, propuesto por el Jefe de Estado y modificado por la Comisión Mixta que señala."Los municipios gozan de personalidad jurídica y autonomía dentro de los límites de esta Constitución y de la ley.
La autonomía municipal comprende:
1. La elección de sus autoridades.
2. La gestión de las materias de su competencia.
3. La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.
En sus actuaciones el municipio estará obligado a incorporar, dentro del ámbito de sus competencias, la participación ciudadana a través de los Consejos del Poder Popular y de los medios de producción socialista".
Asimismo por mayoría calificada de acuerdo a lo establecido en la Constitución, resultó aprobado el nuevo texto del artículo 173, que prevé."La legislación nacional que se dicte para desarrollar los principios constitucionales sobre régimen municipal establecerá los supuestos y condiciones para la creación de otras entidades locales dentro del territorio municipal, así como los recursos de que dispondrán, concatenados a las funciones que se les asignen, incluso su participación en los ingresos propios del municipio.
Su creación atenderá a la iniciativa vecinal o comunitaria, con el objeto de proveer a la desconcentración de la administración del municipio, la participación ciudadana y la mejor prestación de los servicios públicos".
Transferencia de serviciosLa plenaria igualmente le dio el visto bueno, por mayoría calificada, al artículo 184 iniciativa del Presidente con la modificación de la Comisión Mixta en el sentido de que sea a través de un fondo, y no por ley, el financiamiento de los proyectos de los consejos comunales.
Este artículo además plantea la transferencia por parte del Poder Nacional a las comunidades organizadas los servicios como vivienda, deportes, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos.
Establece además que el Consejo Comunal constituye el órgano ejecutor de las decisiones de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, articulando e integrando diversas organizaciones comunales y grupos sociales.
Igualmente asumirá la Justicia de Paz y la prevención y protección vecinal.El texto dice "Una ley nacional creará mecanismos para que el Poder Nacional, los estados y los municipios descentralicen y transfieran a las comunidades organizadas, a los consejos comunales, a las comunas y otros entes del Poder Popular, los servicios que éstos gestionen".Más adelante en el artículo 185, aprobado por mayoría calificada, se estipula que.
"El Consejo Nacional de Gobierno es un órgano, no permanente, encargado de evaluar los diversos proyectos comunales, locales, estadales y provinciales, para articularlos al Plan de Desarrollo Integral de la Nación, dar seguimiento a la ejecución de las propuestas aprobadas y realizar los ajustes convenientes a los fines de garantizar el logro de sus objetivos.
Estará presidido por el Presidente o Presidenta de la República, quien lo convocará, e integrado por los Vicepresidentes y Vicepresidentas, los Ministros y Ministras, los Gobernadores y Gobernadoras. Asimismo, el Presidente o Presidenta de la República podrá convocar Alcaldes y Alcaldesas, y voceros y voceras del Poder Popular".Diputados no perderán investidura
Luego de un prolongado debate la plenaria aprobó, por mayoría calificada, el artículo 191, que indica
"Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional que sean designados o designadas por el Presidente o Presidenta de la República para ejercer funciones en cargos públicos, no perderán su investidura y podrán reincorporarse a la Asamblea Nacional al cesar en esas funciones.
Así mismo, podrán ejercer actividades docentes, académicas, accidentales o asistenciales, siempre que estas actividades no supongan dedicación exclusiva".Jefe del Estado designará vicepresidentes
Posteriormente se pasó a considerar y aprobar con mayoría calificada el Artículo 225 que señala “El Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente o Presidenta de la República, el Primer Vicepresidente o Primera Vicepresidenta, los Vicepresidentes o Vicepresidentas, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen esta Constitución y la ley.
El Presidente o Presidenta de la República podrá designar el Primer Vicepresidente o Primera Vicepresidenta y los Vicepresidentes o las Vicepresidentas que estime necesario”. Sandra Ayala y Enrique Hernández / Prensa AN

ABRE FUEGOS EL VOLEIBOL ESCOLAR EN EL GIMNASIO ARMINIO GUTIÉRREZ CASTO DE LA CONCORDIA

Las “aurinegras” cayeron ante Carabobo en su primer partido

Sandra Navarro – CNP 14.402/Prensa IDT
Un derroche de alegría y juventud sirvió de marco para la inauguración de las competencias de voleibol de los IX Juegos Deportivos Nacionales Escolares 2007, escenificadas sobre el tabloncillo del gimnasio “Arminio Gutiérrez Castro” de San Cristóbal en la mañana de este sábado.

Luego del desfile de delegaciones, una gala cultural prendió los fuegos de la justa escolar en territorio tachirense, la magistral interpretación de la Coral de Educadores del Estado Táchira del Himno Nacional, del Estado y del Deporte abrió el programa, mientras que la agrupación de Danzas de la Zona Educativa Táchira presentó un típico baile andino, seguido de un calipso y cerro con el tradicional joropo venezolano, acompañados por la algarabía y coordinación de la Barra Humana.

En lo competitivo, la solidez del elenco mirandino dominó en dos tiempos a su similar del estado Delta Amacuro, con marcador final 25-14 y 25-09, respectivamente. De esta manera, las centrales suman su primera victoria en el grupo “B” de la rama femenina.

Luego del acto inaugural, chocaron Táchira y Carabobo. Un encuentro electrizante de principio a fin, las del “Cabriales” se impusieron en el primer set (26-24); en el segundo capítulo las “aurinegras” lograron igualar las acciones, dejando un marcador de 25-18 a su favor y forzando a jugar un tercer tiempo, donde las carabobeñas sometieron al cuadro anfitrión con pizarra final 15-12 y encabezan la clasificación de la llave “B”.

Más de 180 personas se han trasladado a la capital tachirense para la disputa del voleibol escolar, disciplina que constituye la primera avanzada de la justa estudiantil nacional que se extenderá hasta el próximo 8 de noviembre con las contiendas del fútbol de salón y kickingbol.

ATLETISMO DEL TÁCHIRA MANTENDRÁ APOYO DEL IDT

Daniel Francovig dará prioridad a solicitudes de los atletas

GONZALO REY MUÑOZ CNP 7.287/PRENSA IDT
Para Daniel Francovig, presidente del Instituto del Deporte Tachirense, el atletismo ha sido una de las disciplinas que mayor inversión ha recibido en el año 2007 y tras superar los problemas internos que afectaban el rendimiento de las delegaciones “aurinegras”, el IDT emprenderá conjuntamente con la nueva asociación, los entrenadores y los respectivos clubes, un proceso de optimización de la asistencia integral para garantizar el desarrollo de la disciplina.

Francovig se mostró preocupado por las declaraciones de Dídimo Sánchez, quien demandó prioridad para los atletas de alto rendimiento y también respondió a los conceptos emitidos por el entrenador Eduardo Hernández, quien asumió la vocería de la Escuela de Talentos Deportivos del Táchira.

“Estamos trabajando para beneficiar a todos nuestros atletas, en el caso de Dídimo Sánchez se le asignó este año una beca de 350 mil bolívares mensuales y ha sido amparado con los subsidios aprobados para la asistencia de nuestras selecciones a varios campeonatos convocados por la Federación Venezolana de Atletismo”, ilustró.

--De igual manera el Centro Nacional de Medicina y Ciencias Aplicadas al Deporte que depende del IDT le ha brindado la atención médica y los insumos solicitados. Deseamos mantener el diálogo con todos los atletas, yo fui futbolista profesional y conozco perfectamente la problemática. En presidencia IDT tenemos las puertas abiertas para atenderlos y buscarle solución a cada situación planteada-, señaló Francovig.

El presidente del IDT informó que al entrenador de Dídimo Sánchez, Luis Fonseca, actualmente se le tramita una solicitud de apoyo financiero por diez millones de bolívares, a través de Lotería del Táchira, que le servirán para cubrir su preparación con miras a protagonizar el cupo a los Juegos Olímpicos China 2008.

En este sentido, la política de atención está encaminada a beneficiar al máximo a los atletas que representan al Táchira dentro y fuera del país. “Quiero insistir que para nosotros en el IDT lo primordial es mantener el proceso de diálogo con los atletas y así podremos explicarle los procedimientos administrativos y legales que no se pueden obviar en la administración pública y que en determinado momento podría afectar el curso de las solicitudes respectivas”, agregó.

--Nuestro interés es atender inmediatamente cada solicitud y cuando un atleta o dirigente se sienta perjudicado por determinada situación le pido de manera institucional que acuda a mi oficina para canalizar la solución a sus necesidades-, añadió.

CASO EDUARDO HERNÁNDEZ

En cuanto a la declaración emitida por el entrenador Eduardo Hernández, adscrito a la Escuela de Talentos Deportivos del estado Táchira, Francovig considera que está fuera de la realidad porque en el estadio polideportivo de Pueblo Nuevo la práctica del atletismo para los alumnos se reglamentó entre 2 y 6 de la tarde, aunque en la mañana también se facilita el acceso a sus entrenamientos deportivos, entre 7 y 9 AM.

“Sabemos y entendemos que la utilización para los lanzamientos afecta el gramado, pues el mantenimiento del mismo es costoso y se deteriora con la práctica de estas modalidades, lo que podría colocar en peligro la realización de los juegos de las eliminatorias del Mundial Sudáfrica 2010, los juegos del torneo profesional y del fútbol amateur”, resaltó.

--Estamos trabajando para definir un área que permita el mejor desenvolvimiento y desarrollo de las modalidades de lanzamientos, solicitaremos a la asociación presentar un proyecto para concretar un espacio adecuado por consenso, que coloque punto final a esta situación-, subrayó mientras aclaró que el atletismo seguirá en el polideportivo, pues esa instalación se construyó para ambas disciplinas y el IDT está en la obligación de garantizar las prácticas a la par de un mantenimiento eficaz.

PABLO TAPIAS DESIGNADO DELEGADO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN SOCIALISTA TA-082

La Circunscripción No, TA-O82 designó a Pablo Tapias,como Delegado y como suplente a Ligia Montaya, con la presencia de voceros y comisionados de nueve Batallones, dos de la parroquia La Concordia y siete de Pedro María Morantes del municipio San Cristóbal.
Pablo Tapias, vocero principal del Batallón Sucre 6, resultó designado con 28 manifestaciones de voluntades, mientas que Ligia Montoya, vocera del Batallón Cumbres Andinas, con nueve, de un universo de 45 voluntades.
La Asamblea se instaló cerca de las 3 de la tarde, en el Liceo La Normal, parroquia Pedro María Morantes, con la presencia de 45 personas, entre delegados y comisionados, presidida por el camarada Pedro Ramírez, aspirante a militante del PSUV, en el Batallón Sucre 6, quien fue designado como Comisionado Electoral por parte de la Comisión Presidencial del PSUV.

CANDIDATOS Ligia Montoya, diputado al Consejo Legislativo del Estado Táchira, vocera principal del Batallón Rotaria, Simón Bolívar y Cumbres Andinas, en su presentación, dijo que no ofrecía nada, porque todos conocían de su trayectoria, obtuvo 8 manifestaciones de voluntades. Dinamaria Hoyos, integrante de una organización social de niños en abandono en el municipio Torbes y vocera principal del Batallón Mérida y 19 de Abril, obtuvo 5 voluntades.
Ezequiel Omar Santos, integrante del Equipo del Cedna, vocero principal del Batallón Sucre 1. obtuvo 4 voluntades.
Pablo Tapias, Vicepresidente del Consejo Legislativo del Táchira, vocero del Batallón Sucre 5, quien junto con el diputado José Gregorio González, activaron los distintos Batallones de la Circunscripción, quien obtuvo 28 voluntades.
El acto contó con la veeduría de los testigos Linconl Uairran Lobo; Jesus Castillo;y de Ingrid de Pernía, quien dieron fé lo ocurrido.

Celebración
Luego en una familiar reunión distintos comisionados y voceros departieron con el designado delegado, convirtiendose la casa, en una pequeña sala situacional, donde provenian de diversas circunscripciones los episodios del resultado del proceso de designación de delegados.
Lino Roa, Emilio Duque, y Nayiber Lugo.
Lino Roa, resultó designado ante las postulaciones de Zoraida Parra, Jefe de la Zona Educativa del Táchira, y Luis Mora, en la Circunscripción del Sector Las Lomas.

Emilio Duque, funcionario de Prevención Civil, resultó designado en el sector Pirineos.

Nayiber Lugo, resultó designada en el sector La Concordia.

El Batallón Sucre 6
El vocero principal, la suplente, los comisionadas y las comisionadas del Batallón Sucre 6, felicitan al delegado de la Circunscripción TA-082, y otros designados en las otras circunscripciones, y los invita a consultar cada una de las decisiones que tomen. En nuestro Batallón estamos proponiéndo que el ámbito territorial de la circunscripción sea la propuesta de la futura comuna Antonio José de Sucre.

LOS MALOS OLORES CAUSAN INCOMODIDAD EN LOS HOGARES

Los malos olores, siempre han provado inconformidades. Y sé que a todos nos ha pasado. Esa situación molesta.
I.- MAL OLOR EN LOS PIES
Maldices por dentro. Tus orejas se ruborizan ni bien comienzas a desanudar los cordones. Y cuando finalmente el calzado cede y tus pies quedan al descubierto te sientes arder.
Ni hablar cuando un aroma desagradable llega a tu nariz. ¿También lo habrán sentido quienes están cerca de ti? No es necesario responder
CAUSAS DEL MAL OLOR EN LOS PIES
1.-Las bacterias causan el mal olor de los pies. Éstas suelen proliferar a causa de la descamación natural de los pies. Se trata de una función habitual del cuerpo humano cuyas consecuencias, no obstante, pueden ser más graves de lo que parece.
2.-La excesiva transpiración de las extremidades o hiperhidrosis, producida por una sobreactividad del sistema nervioso simpático y que afecta a una de cada cuatro personas es, en la mayoría de los casos, la causa principal de este problema.
3.-La piel puede estar dañada por un germen o por varios gérmenes de distintas familias, como algunas bacterias y hongos, que en su metabolismo generan un gas causante directo del desagradable olor a pies. Soluciones naturales para eliminar el mal olor de pies
REMEDIOS CASEROS
Un remedio casero, y comprobado. Caliente unos dos litros de agua, agregue unas cinco cucharadas de sal, y una cucharada de vinagre, luego sumerja los pies a temperatura del agua que puedas resistir, por un tiempo de unos cinco a ocho minutos, luego seque muy bien, los pies. Repita este proceso por varios días.

Siempre que practico algún deporte, en mi caso, ciclismo de paseo ó caminata, exprimo un limón, y con el jugo, lavo los pies, y luego dejo secar, posteriormente me coloco las medias.
II.-MAL ALIENTO BUCAL

Se debe a la presencia en nuestro aliento de una sustancia química denominada metilmercaptano. Las bacterias presentes en la boca provocan la descomposición de una proteína, liberando aminoácidos (cisteina y metionina) que contienen azufre, y que a su vez dan lugar a la formación del metilmercaptano. Esta sustancia es un gas que se mezcla con el aliento y es el responsable de su mal olor.

Algo parecido ocurre con nuestros pies. En las condiciones que se crean en unos pies sudorosos (un medio con características alcalinas) pueden proliferar bacterias que provoquen la formación del metilmercaptano, lo que da lugar al tan característico "olor a pies"

Esto no sólo ocurre en nuestros cuerpos. También, en el medio ambiente pueden existir algunas bacterias que provoquen un proceso semejante. Es lo que ocurre, por ejemplo, en una zona de Escocia, cerca de Edimburgo, donde periódicamente la costa exhala un olor bastante desagradable.

Pero, no sólo es esta sustancia la responsable del mal olor del aliento. Aunque en menor cantidad, también se producen en nuestra boca otras sustancias con olores desagradables. Una de ellas es el sulfuro de hidrógeno que se caracteriza por un fuerte olor a "huevos podridos". Más bien debería decirse que los huevos podridos huelen a sulfuro de hidrógeno, puesto que este compuesto es el responsable de su olor. Otra sustancia fuertemente olorosa que se puede producir en nuestras bocas es el sulfuro de dimetilo que también forma parte del aroma del café molido.

EL METILMERCAPTANO
Los mercaptanos son un grupo de compuestos químicos conocidos también por el nombre de tioalcoholes o tioles. Son compuestos orgánicos con una estructura parecida a los alcoholes, una cadena carbonada que en lugar de un grupo -OH contienen un grupo -SH.

El más sencillo de todos es el metilmercaptano CH3-SH que contiene un único átomo de carbono. Este compuesto es gaseoso a temperatura ambiente (su punto de ebullición es de 6 ºC) y los demás son líquidos de bajo punto de ebullición.

El metilmercaptano se utiliza industrialmente en la fabricación de pesticidas y en la regeneración de catalizadores que se emplea para refinar el petróleo.
Sin embargo, uno de los usos más curiosos de esta sustancia viene dado por una de las propiedades características de este grupo de compuestos: su olor desagradable. El metilmercaptano se utiliza como aditivo para el gas de uso doméstico (gas natural, propano, butano). Su mal olor ayuda a detectar los escapes de gas.


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El gramado, una "alfombra"

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Fachada